lunes, 11 de julio de 2011

Ayuntamiento de Puñal confronta dificultades; renuncia secretario municipal



En el Ayuntamiento de Puñal se confrontan dificultades y una muestra de esto es que el secretario municipal, profesor Mario Antonio Rosario, renunció a esa posición debido a diferencias con el alcalde José Rafael Estrella.
   
Rosario remitió una misiva a Estrella, a través de la cual presentó su dimisión.

A continuación el texto íntegro de la carta.
Puñal, Santiago
20 de febrero del 2011
Al: Sr. José Rafael Estrella. Alcalde Municipal de Puñal.
Honorable señor Alcalde:

El momento es oportuno para expresarte de manera escrita algunas inquietudes que creo pertinente manifestarte. Utilizo este medio para que quede constancia.
El pasado sabado 12 de febrero del 2011 me llamaste para decirme que pasara por Canabacoa, porque querías hablar conmigo. Lo hice y cuando estábamos conversando, entre otras cosas, me hiciste entrega de $15,000.00 pesos como un regalo por concepto de dos proyectos que habían entregado al ayuntamiento. Me comunicaste que lo mismo harías con el Jurídico y algunos regidores, pero en otro nivel.

Mi intención inicial fue devolverte ese obsequio en el mismo instante, pero entendí que era más oportuno devolvértelo con algunas reflexiones. Por eso lo guardó tal y como me lo entregaste.

Rafael , trabaje por tu candidatura porque entendí y sigo entendiendo que tú eres una figura que puede pasar a la historia como un hijo insigne de Canabacoa, Puñal y Guayabal.

Tú puedes ser un paradigma para la presente y futuras generaciones de nuestras comunidades, pero tú sabes que cuando se llega al poder aparecen intereses espurios que nada tienen que ver con los intereses de la comunidad. Gente que en compañía tú repugnaba por sus dobleces e inseguridades y hoy como vulgares oportunistas se arrodillan ante tus pies en busca de miseros chelitos. Tú en estos años de lucha
has comprobado las miserias humanas imperantes en nuestro entorno, pero creo que las espirituales nos hacen más daño que las materiales. -

Rafael, de mancra sincera te devuelvo lo que me entregaste, esto no me hace ni mas grande, ni más pequeño, sólo me da la oportunidad de obrar con la libertad interior que necesita todo ser humano para ver con objetividad lo que ocurre en su entorno.
Te agradezco el trato que tanto tu como Sobeida me han dispensado en estos años que hemos luchado por una meta común. Solo quiero prevenirte de que siendo tu un hombre con excepcionales virtudes humanas, puedes caer, por insinuaciones banales que obnubilen tu pensamiento y tu comportamiento y termine en el zafacón de la historia como han caído y caerán tantos hombres y mujeres, que aun con buenas intensiones son arrastrados por escorias humanas que solo buscan el bienestar de cada día.

Puedes contar conmigo en las buenas y en las malas. Seria desleal si no te expresara lo que ahora estoy comunicándote.
Sin otro particular, quedo a tu disposición
Mario Antonio Rosario.

Enarbola principios éticos del Servidor Público

Principios Éticos del Servidor Público
  
El profesor  Mario Antonio Rosario enarboló los principios éticos del servidor público, los cuales se desglosan a continuación.
Artículo 4.- A los efectos de este Código, serán considerados como principios rectores de los servidores públicos, todo lo concerniente a la
práctica de las virtudes de manera particular, lo siguiente:
a) La honestidad.
Atributo que refleja el recto proceder del individuo, contentivo de elementos vivos de decencia y decoro; es compostura y urbanidad. La
honestidad implica buen comportamiento.
b) La justicia y la equidad.
Obliga a los servidores públicos a actuar, respeto de las personas que demanden y soliciten sus servicios, sin ningún tipo de preferencias y sin consideración de género, religión, etnia, posición social y económica u
otras características ajenas al fondo del asunto y a la justicia.
c) El decoro.
Impone al servidor público respeto para sí y para los demás ciudadanos que acuden en solicitud de atención o demanda de algún servicio.-
d) La lealtad.
Manifestación permanente de fidelidad hacia el Estado, que se traduce en solidaridad para con la institución, superiores, compañeros y
subordinados, dentro de los límites de las leyes y de la ética.
e) La vocación de servicio.
Se manifiestan a través de acciones de entrega diligente a las tareas asignadas e implica disposición para dar oportuna y esmerada atención a los requerimientos y trabajos encomendados, apertura y receptividad para encausar cortésmente las peticiones, demandas, quejas y reclamos del público. Excluye todo tipo de conducta e intereses que no sean las institucionales.
f) La disciplina.
Significa la observancia y el estricto cumplimiento de las normas administrativas por parte de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.
) La honradez.
Tiene como principal no engañar ni engañarse. Forma un ingrediente humano que ayude a mantener la frente en alto. Debe ser considerada siempre como el norte anunciando el camino del hombre decente a lo largo de la vida.
h) La cortesía.
La palabra amable, los ademanes moderados y las maneras gentiles son elementos de cortesía de los que nunca se debe apartar el servidor
público. La cortesía infunde el espíritu de todo ciudadano una agradable sensación de agradecimiento, y, a la vez que halaga a uno, enaltece al otro; debe ser una hermosa actitud constante, con miras a la perfección por uso y por el deseo de hacemos grata la vida propia y hacérsela por igual, a los que nos rodean.
i) La probidad.
Conducta humana considerada como reflejo de integridad, entereza y hombría del bien, componentes de la personalidad distinguida. Mientras más alto sea el grado de probidad en el servidor público, más fecundo y perdurable será el recuerdo de moralidad dejado en sus relacionados.
j) La discreción.
El hecho de saber guardar silencio de los casos que se traten, cuando éstos ameriten secreto, es un rasgo de altura moral del individuo. Más
que una simple actitud, es una verdadera virtud que se cultiva con la fuerza de voluntad y de la prudencia.
k) El carácter.
El conjunto de buenos hábitos que forman en el servidor público una conducta superior, lo hacen suficientemente apto para afrontar con
renuelo las contingencias diarias y, con altura moral para decidir lo que debe hacerse rectamente. El carácter es seriedad, cumplimiento, mando, voluntad definida y temple.
I) la transparencia.
La transparencia exige al servidor público, la ejecución diáfana de los actos del servicio e implican que éstos tienen, en el principio, carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o
jurídica que tenga interés legítimo en el asunto.
m) La pulcritud.
Entraña el adecuado manejo y uso de los bienes del Estado, la preocupación por el ambiente físico de trabajo, y, en todo caso, en no
aumentar o permitir por desidia, su deterioro.
Prohibiciones Eticas de los Servidores Públicos.
Artículo 8.- A todos los funcionarios o empleados públicos sujetos al presente Código de Etica, independientemente del nivel jerárquico que ostenten, les está prohibido:
a) Desacatar, ya sea personalmente actuando como servidor público, las leyes en vigor, y las citaciones u órdenes de los tribunales de justicia, de la rema legislativa o de las instituciones de la rama ejecutiva que tengan autoridad para ello.
b) Dilatar la prestación de los servicios que las instituciones del Estado están obligadas a ofrecer o, entorpecer su funcionamiento.
c) Utilizar su cargo para obtener ventajas, beneficios o privilegios que están permitidos por la Ley, de manera directa o indirecta para él, algún miembro de su familia o cualquier otra persona, negocio o estudio.
d) Solicitar o aceptar, además del sueldo, jornal o compensación a que tiene derecho por su función o empleo público, algún bien de valor
económico como pago, retribución o gratificación, por realizarse los deberes y responsabilidades de su cargo.
e) Aceptar o solicitar a alguna persona, directa o indirectamente para él, algún miembro de su familia o cualquier otra persona, negocio o
entidad, algún bien de valor económico, incluyendo regalos, préstamos, promesas, favores o servicios a cambio de que la actuación de dicho funcionario o empleado público está influenciada
a favor de esa o cualquier otra persona.
f) Recibir, en su condición de servidor público, aún en el caso de ausencia de compromiso, cualquier tipo de regalo, prebenda o gratificación por ninguna razón, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia.
g) Revelar o usar información confidencial, adquirida en razón de su empleo para obtener directa o indirectamente, ventaja o beneficio
económico para él, para ningún miembro de su familia o para cualquier otra persona, negocio o entidad.
h) Agilizar o redactar por paga o gratificación, los debidos procedimientos burocráticos legal o institucionalmente establecidos para la prestación de los servicios públicos.
i) Aceptar un empleo o relaciones contractuales de negocios con una persona, negocio o empresa que haga negociación con la institución
gubernamentalmente para la cual él trabaja, cuando el funcionario o empleado público participe, de algún modo, en decisiones de la institución o tenga facultad para influenciar las actuaciones oficiales
de la entidad que tenga relación con dicha persona o negocio. j) Ser parte o tener algún interés en las ganancias o beneficios producto de un contrato con cualquier institución pública o privada.
k) Representar, directa o indirectamente, a alguna persona privada para lograr, a cambio de compensación o beneficio económico, la aprobación de una ley, ordenanza o resolución para obtener un
contrato, el pago de una reclamación, un permiso, una licencia o autorización, ni en cualquier otro asunto, transacción o propuesta, si él o algún miembro de su familia posee autoridad o poder de
decisión en la institución donde labora.
1) Prestar, a título particular y en forma remunerada, servicios de asesoría a entidades públicas o privadas que guarden algún tipo de relación con los servicios y funciones propios de la institución donde
labora.
m) Obtener préstamos y contraer obligaciones con personas naturales o jurídicas con las cuales se tengan relaciones oficiales en razón de los cargos públicos que desempeñan.
n) Recurrir, en ocasión del ejercicio de sus funciones, a argumentos, con el fin de distorsionar hechos, falsificar informes, datos y documentos públicos para beneficio propio, familiar o cualquier persona o institución.
o) Utilizar en su provecho, o en provecho de terceros, los bienes, equipos, valores y materiales del Estado, sobre todo aquellos que están bajo su responsabilidad.
p) Promover y propiciar el nepotismo en las oficinas del Estado, favoreciendo y protegiendo a sus parientes, y amigos en los cargos y negocios de la institución.
q) Las demás prohibiciones que se establezcan por vía legal o reglamentaria, o que resulten del buen entendimiento y observancia de la ética social y administrativa.
Párrafo I.- No podrán prestar servicios en una misma institución pública más de tres parientes o familiares del titular de la misma o de cualquier otro
funcionario que tenga poder de mando y decisión en dicha institución.
Párrafo II.- Nadie podrá desempeñar de manera simultánea, dos o más cargos dentro de la administración pública, excepto la actividad docente,
artística y de investigación académica y la participación en juntas, comisiones de ética pública (CEP), grupos de trabajo u otras formas de acción conjunta que, por mandato de la ley o reglamento, corresponda a
determinados funcionarios por la naturaleza de sus responsabilidades.
Párrafo III.- Participar en actividades oficiales en las que el empleado público resulte ser juez y parte a la vez.

JCE defiende Ley de Partidos políticos

    El presidente de la Junta Central Electoal, doctor Roberto Rosario, insistió ayer en la necesidad de la aproblación de la Ley de Partidos Políticos, porque es determinante para afianzar el sistema democrático y garantizar la institucionalidad de los partidos.
    Rosario Espera que el Congreso Nacional apruebe el proyecto sometido por la Junta Central Electoral, en vista de que es una necesidad urgente.
    Entiende que es preciso definir un marco jurídico que  regule el funcionamiento de las organizaciones partidarias, porque es clave para que la democracia se afiance cada día más.
    Ojalá que los senadores y diputados decidan acoger la Ley de Partidos por la salud del sistema democrático.